Nota: Symphonic no es una autoridad legal o fiscal. No damos asesoramiento legal o fiscal. Symphonic simplemente informa y proporciona información según lo que se nos ha ordenado. Por favor, consulte a un profesional de la fiscalidad o a una autoridad legal para obtener asesoramiento y orientación.
A continuación hay una lista que muestra las tasas de retención de impuestos para los derechos de autor por país. Se trata de países con los que Estados Unidos tiene un tratado fiscal.
Así que, básicamente, si usted nos proporciona los formularios de impuestos con un EIN, ITIN y/o un DOB entonces la tasa de retención bajaría del 30% a la tasa que se indica a continuación para cualquier ingreso realizado en el territorio de los EE.UU. solamente.
Por lo tanto, si usted está en Alemania y tiene ventas o flujos desde el territorio de los EE.UU., vamos a colocar la retención en ese ingreso basado en el tratado de impuestos con los EE.UU. y Alemania, en este caso se aplicará el 0% de retención.
Las ventas o streams realizados en el territorio de EE.UU. sólo están sujetos a retención. Si usted tiene su sede en Alemania y realiza ventas en Alemania, entonces no habría retención para eso bajo ningún tratado, es sólo para las ventas o flujos basados en EE.UU. por lo tanto, la cantidad es bastante mínima.
** Países que no figuran en la lista siguiente = 30%.
Armenia - 0%
Australia: 5%.
Austria - 0%
Azerbaiyán - 0%
Bangladesh - 10%
Barbados - 5%
Bielorrusia - 0%
Bélgica - 0%
Bulgaria - 5%
Canadá - 0%
China - 10%
Chipre - 0%
República Checa - 0%
Dinamarca - 0%
Egipto - 15%
Estonia - 10%
Finlandia - 0%
Francia - 0%
Georgia - 0%
Alemania - 0%
Grecia - 0%
Islandia - 0%
India - 15%
Indonesia - 10%
Irlanda - 0%
Israel - 10%
Italia - 0%
Jamaica - 10%
Japón - 0%
Kazajstán - 10%
Corea (Sur) - 10%
Kirguistán - 0%
Letonia - 10%
Lituania - 10%
Luxemburgo - 0%
Malta - 10%
México - 10%
Marruecos - 10%
Moldavia - 0%
Países Bajos - 0%
Nueva Zelanda - 5%
Noruega - 0%
Pakistán - 0%
Filipinas - 15%
Polonia - 10%
Portugal - 10%
Rumanía - 10%
Rusia - 0%
República Eslovaca - 0%
Eslovenia - 5%
Sudáfrica - 0%
España - 0%
Sri Lanka - 10%
Suecia - 0%
Suiza - 0%
Tayikistán - 0%
Tailandia - 5%
Trinidad y Tobago - 0%
Túnez - 15%
Turquía - 10%
Turkmenistán - 0%
Ucrania - 10%
Reino Unido - 0%
Uzbekistán - 0%
Venezuela - 10%.
Si su país de residencia no ha suscrito un tratado fiscal con EE.UU., estamos obligados a deducir el tipo de retención estándar de EE.UU. para no residentes del 30% y remitirlo al gobierno de EE.UU. en su nombre.
Ejemplo: Si un sello discográfico con sede en el país de Afganistán que no tiene ningún tratado fiscal con EE.UU. vendió 50 dólares durante el tercer trimestre de un año natural (julio a septiembre) en el territorio de EE.UU., entonces estaríamos reteniendo el 30% de esos ingresos, lo que equivale a 15 dólares antes de pagar a ese sello en Afganistán. Si la misma discográfica ganara 200 dólares en Alemania y 500 en España, entonces no haríamos la retención en esos países.
Symphonic pagaría estos fondos al Servicio de Impuestos Internos (la autoridad fiscal de EE.UU.) y ese sello recibiría un formulario de impuestos (1042-S) al final del año.
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